Despido injustificado, autodespido, tutela laboral, Ley Karin y cobro de prestaciones. Mándenos la carta de despido y el finiquito, y le decimos qué corresponde y qué plazo tiene.
Desde el reclamo ante la Inspección del Trabajo hasta la sentencia, con un abogado a cargo de la causa de principio a fin.
Cuando la causal invocada no se ajusta a los hechos, el despido se declara injustificado, indebido o improcedente y las indemnizaciones se pagan con un recargo que varía según la causal que se haya aplicado mal.
Es la causal más usada y también la más reclamada. La empresa debe acreditar una necesidad real —racionalización, modernización, caída de la productividad— y no basta con invocarla en la carta.
Cuando es el empleador quien incumple gravemente —no paga, no cotiza, hostiga, cambia unilateralmente las condiciones— el trabajador puede poner término al contrato y demandar las mismas indemnizaciones que en un despido.
Cuando el despido o el trato en el trabajo vulnera derechos fundamentales —honra, intimidad, no discriminación, libertad sindical— procede la tutela, que además de las indemnizaciones habituales contempla una indemnización adicional.
Desde 2024 el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo tienen un procedimiento propio: la empresa está obligada a investigar en un plazo acotado y a adoptar medidas de resguardo mientras tanto.
Si al momento del despido las cotizaciones previsionales no estaban íntegramente pagadas, el despido no produce el efecto de poner término al contrato: el empleador debe seguir pagando las remuneraciones hasta convalidarlo.
Un finiquito firmado ante ministro de fe tiene poder liberatorio, pero solo respecto de lo que efectivamente comprende. Si hay conceptos mal calculados o no incluidos, y se dejó reserva, la discusión sigue abierta.
Además de las prestaciones de la mutual, el trabajador puede demandar al empleador cuando el accidente o la enfermedad se produjo por incumplimiento del deber de seguridad, que obliga a proteger eficazmente la vida y salud de quienes trabajan.
Horas extraordinarias, semana corrida, feriado proporcional, comisiones y bonos pactados que nunca se pagaron se pueden cobrar aunque la relación laboral siga vigente, y no solo al terminar el contrato.
En materia laboral las cifras salen de un cálculo sobre documentos, no de una impresión: por eso revisamos antes de dar cualquier monto.
Antes de asumir se define por escrito qué comprende el encargo y cómo se cobra, incluyendo qué pasa si la causa termina en un acuerdo temprano.
La persona que revisa los documentos es la que comparece en las audiencias: la causa no se traspasa a un pasante.
Coordina, consulta y hace seguimiento por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Atendemos Chile y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda.
Mándenos por WhatsApp la carta de despido y el finiquito, y le decimos qué corresponde reclamar y qué plazo tiene.
Casi todos estos conceptos se demandan en una sola causa y no en juicios separados: el despido injustificado, la nulidad por cotizaciones impagas y el cobro de prestaciones adeudadas se plantean juntos y se resuelven en la misma sentencia. Lo que sí exige decidir temprano es la tutela laboral, porque su planteamiento es distinto y tiene un plazo propio.
Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.
Escríbanos por WhatsApp con la fecha de término, la causal de la carta y su comuna dentro de Chile.
Revisamos contrato, anexos, liquidaciones, finiquito y cotizaciones, y calculamos qué corresponde.
Se presenta el reclamo ante la Inspección del Trabajo o directamente la demanda, según convenga al caso.
Le informamos qué se resolvió y qué viene después, sin que tenga que averiguarlo por su cuenta.
Atendemos causas laborales en 94 comunas de Chile. Elija la suya para ver la información de su tribunal y coordinar la consulta.
Depende de la complejidad, de cuántas acciones se plantean juntas y de si la causa termina en acuerdo o en sentencia. El alcance y la forma de cobro se acuerdan por escrito antes de asumir, incluyendo qué ocurre si hay conciliación temprana.
El plazo se cuenta en días hábiles desde la separación. Reclamar ante la Inspección del Trabajo lo suspende, pero esa suspensión tiene un tope que también vence, y cumplido ese máximo ya no se puede recurrir. Por eso la fecha exacta de término es el primer dato que se pregunta.
No necesariamente. Un finiquito firmado ante ministro de fe tiene poder liberatorio, pero solo respecto de lo que efectivamente comprende. Si se firmó con reserva de derechos, si hay conceptos mal calculados o si se pretendió renunciar a derechos irrenunciables, la discusión sigue abierta.
Es la causal que invoca una necesidad de la empresa —racionalización, modernización, caída de la productividad— para poner término al contrato. Obliga a pagar años de servicio y aviso previo, y se puede reclamar cuando esa necesidad no existió o la empresa no logra acreditarla en juicio.
Cuando es el empleador quien incumple gravemente —no paga las remuneraciones, no entera las cotizaciones, hostiga o cambia unilateralmente las condiciones— el trabajador puede poner término al contrato por esa causa y demandar las mismas indemnizaciones que en un despido injustificado.
Si al momento del despido las cotizaciones previsionales no estaban íntegramente pagadas, el despido no produce el efecto de poner término al contrato: el empleador debe seguir pagando las remuneraciones hasta que convalide el despido pagando lo adeudado y comunicándolo por escrito.
Procede cuando el despido o el trato en el trabajo vulnera derechos fundamentales: honra, intimidad, integridad, no discriminación o libertad sindical. Contempla una indemnización adicional a las habituales, y basta con aportar indicios para que la carga de justificar se traslade al empleador.
Desde 2024 el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo tienen un procedimiento propio. La empresa está obligada a contar con un protocolo, a investigar dentro de un plazo acotado y a adoptar medidas de resguardo desde que recibe la denuncia, que puede presentarse ante ella o ante la Dirección del Trabajo.
El fuero maternal impide despedir sin autorización judicial previa, y rige aunque el empleador alegue que desconocía el embarazo. Si el despido ya se produjo, corresponde solicitar la reincorporación y el pago de las remuneraciones del período. Es una acción con plazo breve.
Sí. Horas extraordinarias no pagadas, semana corrida mal calculada, bonos pactados que nunca llegaron y cotizaciones impagas se pueden cobrar con la relación laboral vigente. También procede la tutela laboral cuando hay hostigamiento o discriminación durante el trabajo.
Sí. Atendemos su comuna y comunas cercanas de la su región, ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda. La competencia puede seguir el lugar de prestación de los servicios o el domicilio del demandado, así que lo confirmamos antes de presentar.
Escríbanos por WhatsApp con la fecha de término del contrato, la causal que aparece en la carta de despido, su última remuneración y el tiempo trabajado. Con eso se puede calcular qué corresponde y confirmar si el plazo sigue abierto. Si tiene contrato, liquidaciones y finiquito, mejor todavía.
Indíquenos la fecha de término del contrato, la causal de la carta y su última remuneración. Le decimos qué corresponde y qué plazo tiene.
Escribir por WhatsAppAviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el derecho laboral chileno y no constituye asesoría sobre un caso concreto. Los montos, los recargos y la procedencia de cada acción dependen de los antecedentes del contrato y de lo que resuelva el juzgado de letras del trabajo competente. Los plazos aquí mencionados son legales y no admiten prórroga por acuerdo de las partes. Para su situación en su comuna, escríbanos y la revisamos con los documentos a la vista.