La discusión de esta materia casi nunca es médica: es qué causal se invocó y si esa causal estaba disponible.
Desde el reclamo administrativo hasta la audiencia de juicio, con la misma persona a cargo.
La ley prohíbe invocar necesidades de la empresa respecto de quien está haciendo uso de licencia médica. Como esa es la causal con que se despide a la mayoría de la gente, es la primera revisión: si la carta dice eso y la licencia estaba vigente, el despido no se sostiene.
La entidad de salud puede rechazar o reducir una licencia. Eso no se discute en el juzgado laboral sino por la vía administrativa, con plazos propios contados en días hábiles, y el rechazo deja además al trabajador sin subsidio en el intertanto.
Durante la licencia el ingreso viene del subsidio por incapacidad laboral, que paga la entidad de salud y no el empleador. Cuando no llega, hay que determinar primero por qué: requisitos de afiliación, cotizaciones no enteradas por el empleador o licencia no autorizada.
Invocar el estado de salud para terminar el contrato tiene límites estrictos: la invalidez no es justa causa de término, y la salud incompatible exige antecedentes objetivos. Cuando se usa como fachada de un despido por estar enfermo, se puede discutir.
La reducción de los días de reposo es tan reclamable como el rechazo total, y muchas veces pasa desapercibida porque la persona solo mira si la licencia fue aprobada. Los días recortados quedan como ausencias y afectan el subsidio.
El reclamo administrativo se presenta ante la comisión que corresponda y, si se mantiene el rechazo, ante la Superintendencia de Seguridad Social. Son plazos breves en días hábiles y el escrito debe ir acompañado de los antecedentes clínicos que respalden el reposo.
Durante la licencia se siguen enterando cotizaciones sobre el subsidio, y esos períodos no deberían quedar como lagunas. Cuando quedan, afecta al futuro previsional y además puede incidir en la discusión sobre la validez del despido.
Las licencias por salud mental son las que más rechazos y más conflictos generan, y muchas veces su origen está en el propio trabajo. Cuando eso ocurre, además del reclamo por la licencia puede haber una acción por vulneración de derechos.
Terminada la licencia corresponde volver al mismo puesto y en las mismas condiciones. Un regreso con funciones disminuidas, cambio de turno o traslado sin explicación es un antecedente que conviene documentar desde el primer día.
En Chile preferimos explicar el escenario real antes que prometer un resultado que nadie puede garantizar.
Antes de asumir se define por escrito qué comprende el encargo y cuánto cuesta, separando el reclamo administrativo de la demanda laboral.
La persona que revisa los antecedentes médicos es la que comparece en las audiencias.
Coordina y consulta por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Atendemos Chile y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda.
Cuéntenos por WhatsApp qué causal escribieron en la carta y desde cuándo estaba con licencia.
Conviene separar dos cosas que llegan siempre juntas a la consulta y se tramitan en lugares distintos. El despido se discute ante el juzgado de letras del trabajo. La licencia rechazada o reducida y el subsidio impago se reclaman por la vía administrativa, ante la comisión que corresponda y después ante la Superintendencia. Tienen plazos propios, corren en paralelo y perder uno no afecta al otro, pero perder cualquiera de los dos es definitivo.
Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.
Escríbanos por WhatsApp con la carta de despido, sus licencias y la resolución de rechazo si la hay, en Chile.
Se determina qué corresponde reclamar en el tribunal laboral y qué por la vía administrativa.
Se presentan ambos escritos dentro de sus plazos, que corren en paralelo y son distintos.
Le informamos qué se resolvió en cada sede, sin que tenga que hacer el seguimiento usted.
Cada materia tiene su propia página por comuna, con el detalle del procedimiento que corresponde.
La visión general de la materia, con todas las áreas que asumimos.
Abogado despido injustificado en las 94 comunas del sitio.
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Elija su comuna entre las 94 que cubre el sitio y entre a la página con el detalle de esta materia, el tribunal competente y cómo iniciar la consulta.
Estar con licencia no impide todo despido, pero sí impide el más frecuente: la ley prohíbe invocar necesidades de la empresa —y el desahucio— respecto de quien está haciendo uso de licencia médica. Las causales de conducta sí están disponibles y tienen otro análisis. Por eso lo primero es leer qué causal dice la carta.
Depende de si se trata del reclamo administrativo por la licencia, de la demanda laboral por el despido o de ambos, y de la etapa en que esté cada uno. El alcance y el valor se acuerdan por escrito antes de asumir, distinguiendo con claridad una vía de la otra.
Sí, pero no ante el tribunal laboral: va por la vía administrativa, ante la comisión que corresponda y después ante la Superintendencia de Seguridad Social si el rechazo se mantiene. El plazo se cuenta en días hábiles desde la notificación y el reclamo se funda en los antecedentes clínicos que respaldan el reposo.
El subsidio por incapacidad laboral lo paga la entidad de salud, no el empleador. Cuando no llega, las causas habituales son requisitos de afiliación no cumplidos, cotizaciones que el empleador no enteró o la licencia que no fue autorizada. Cada una se reclama de forma distinta, así que primero hay que determinar cuál es.
Sí, la reducción es tan reclamable como el rechazo total y se tramita por la misma vía. Conviene revisarlo porque pasa desapercibido: uno mira solo si la licencia fue aprobada, y esos días recortados quedan sin subsidio y pueden después registrarse como inasistencias en la empresa.
No lo suspende. El plazo de la acción laboral corre igual, se cuenta en días hábiles desde la separación y no se prorroga por acuerdo de las partes ni por estar con reposo médico. Es una de las confusiones que más derechos hace perder en esta materia.
Es una figura de límites estrictos. La invalidez no constituye por sí sola justa causa de término del contrato, y la incompatibilidad de la salud con el trabajo exige antecedentes objetivos, no la sola incomodidad de esperar el alta. Cuando se usa como fachada, se puede discutir y suele traer además una arista de discriminación.
No está obligado a interrumpir un reposo indicado por su médico, y volver antes del alta puede agravar el cuadro además de debilitar su posición. Tampoco conviene firmar una renuncia ni un mutuo acuerdo: ninguno da derecho a indemnización. Guarde los mensajes en que le hacen esa petición.
Durante el reposo se siguen enterando cotizaciones sobre el subsidio, así que ese período no debería aparecer como laguna. Cuando aparece, se puede reclamar, pero conviene revisarlo apenas termina la licencia: son problemas que suelen descubrirse años después, cuando ya es más difícil corregirlos.
El reintegro debe ser al mismo puesto, con las mismas funciones y la misma remuneración. Un cambio de turno, de lugar o de funciones al volver, o directamente la negativa a recibirlo, es un antecedente que conviene documentar enseguida, porque es lo que sostiene una eventual acción de tutela.
Sí. Atendemos su comuna y comunas cercanas de la su región, compareciendo ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda según el lugar en que se prestaron los servicios, y tramitando los reclamos administrativos ante el organismo competente. Lo confirmamos antes de asumir.
Escríbanos por WhatsApp indicando qué causal dice la carta de despido, desde cuándo estaba con licencia y si le rechazaron alguna. Si tiene la carta, las licencias y las resoluciones, enviarlas permite separar enseguida qué se reclama en cada sede.
Indíquenos qué causal dice la carta y desde cuándo estaba con licencia. Le decimos qué corresponde reclamar y dónde.
Escribir por WhatsAppAviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el despido durante licencia médica y sobre los subsidios por incapacidad laboral en Chile, y no constituye asesoría sobre un caso concreto. La procedencia de cada causal y de cada reclamo depende de los antecedentes del contrato y de lo que resuelvan el juzgado de letras del trabajo o el organismo administrativo competente. Los plazos aquí mencionados son legales y no admiten prórroga por acuerdo de las partes. Para su situación en su comuna, escríbanos y la revisamos con los documentos a la vista.